La proporcionalidad entre crimen y castigo. La pena decretada por la ley debe corresponder a la gravedad del delito cometido. A delitos mayores, castigos legales mayores, y viceversa.

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Proporcionalidad: justicia intuitiva

Es un principio intuitivo orientado por la justicia que reclama dar a cada quien lo merecido. Llama a adecuar la severidad de un castigo legal a la gravedad del delito cometido.

Varios hombres armados llegan a un restaurante y con ametralladoras asesinan a los comensales para luego huir. Un delito que es claramente mayor al robo de mercancías ocultas en la ropa dentro de un supermercado.

No es aceptable decretar el mismo castigo para esos dos crímenes. Igual que tampoco sería aceptable aplicar la misma pena a quien roba mercancía por primera vez y a quien lo hace por cuarta o quinta ocasión.

La razón de ser del castigo

Los castigos a criminales tienen una razón de ser —una de justicia: castigar a quien ha cometido una acción ilegal en la proporción que tiene esa acción.

De allí que resulta lógico que una acción injusta menor, como el robo de una manzana de un puesto callejero, tenga una pena pequeña.

Pero en el caso de acciones mayores —digamos el asesinato intencional de más de una decena de personas en un lugar público—, la proporcionalidad del castigo presenta un problema. ¿Qué castigo es proporcional a asesinar a esa cantidad de personas?

Cualquiera que sea el castigo, este tiene como propósito el aplicar una pena que el culpable merece al mismo tiempo que hacer público lo que le sucede a quien comete esos delitos.

Las penas son el incentivo negativo que mueve a las personas a no tener conductas delictivas.

Proporcionalidad entre castigo y crimen

Visto esquemáticamente existen tres posibilidades abstractas de castigo y compasión:

Castigo proporcionalmente menor al delito

Es decir, la pena aplicada al delincuente es claramente reducida en relación a la gravedad de la falta cometida. Esta es una justicia legal más dominada por la compasión y la clemencia que por la justicia.

Puede tener el efecto no intencional de reducir la intensidad del incentivo negativo para no cometer delitos y incluso tornarse un estímulo a tener conductas ilegales.

Castigo proporcionalmente igual al delito

Es decir, la situación ideal de retribución en igual monto y quizá imposible de establecer con exactitud. Sin embargo, esta posibilidad apunta al ideal al que debe aspirarse.

Castigo proporcionalmente superior al delito

Es decir, una justicia no dominada por la compasión al criminal. Al contrario, una ley que persigue imponer un alto costo penal en la vida del delincuente y que persigue establecer ejemplos públicos que sirvan de freno a posibles delitos futuros.

El primer y el tercer casos de la proporcionalidad entre crimen y castigo muestran las posibilidades más interesantes.

Dar un castigo menos que proporcional al delincuente, por atenuantes quizá, es una decisión orientada por la compasión. Sería esto algo negativo cuando la clemencia se exagera y deja de percibirse justicia en el castigo legal.

Dar un castigo más que proporcional al delincuente, tal vez por agravantes, es una decisión orientada por la necesidad de mostrar la gravedad del crimen cometido. Si se exagera, podrá dejarse de ver como justicia y más como venganza.

Crímenes extremos, castigos extremos

De acuerdo con el principio de proporcionalidad entre crimen y castigo, resultará inevitable pensar en extremos criminales y especular sobre lo lógico de castigarlos ejemplarmente.

Por «extremos criminales» se entienden casos como un asesinato intencional y planeado, y variaciones mayores, como asesinatos múltiples, colocación de bombas en lugares públicos y, más allá, casos como el 11 de marzo en Madrid, el de noviembre de 2015 en París, o el de 11 septiembre 2001 en EEUU.

La proporcionalidad entre castigo y crimen llama a aplicar penas extremas a esos casos. ¿Cuáles penas son las mayores posibles?

La máxima pena posible es quitarle la vida al autor de crímenes extremos y eso lleva a dos consideraciones. La de la compasión que llamaría a no aplicar la pena de muerte y la otra que usa al castigo extremo como forma de prevenir delitos similares futuros.

Si una vida vale igual que otra, al que quita una vida se le puede castigar con la muerte. Una proporcionalidad perfecta que, con más razón obligaría a quitarle la vida al que cometió cinco asesinatos —por no mencionar cientos en un ataque terrorista.

Por arriba de esa proporcionalidad de vida por vida, la imaginación posee un reto para el diseño de un castigo aún peor que la muerte —lo que dejo a la imaginación del lector.

Crimen extremo, castigo menor

Existe una línea argumentativa que solicita compasión o clemencia en casos de crímenes extremos como asesinos múltiples y terroristas —y que toma la forma de prohibir la pena de muerte.

La pena de muerte sería la aplicación lógica del principio de proporcionalidad entre crimen y castigo, pero aun así argumenta que no debe aplicarse.

Por debajo de esa proporcionalidad entre acción y castigo están otras penas como una prisión por tiempo prolongado, quizá 60 años, o bien, cadena perpetua.

Lo que quiero explorar es esto precisamente, la tendencia a que la proporcionalidad de los castigos a grandes crímenes sea el principio más defendido que el lógico de pedir compasión.

Razones compasivas

Varias razones se han esgrimido en defensa del principio de menor proporcionalidad en el castigo para los mayores crímenes.

Uno de ellos me llama la atención —el que dice que con la pena de muerte se nutre el sentimiento de venganza de los ciudadanos. Puede ser que en muchos de ellos la pena de muerte alimente esa emoción, pero no parece bastar para anular a la pena de muerte en esos casos.

No es un problema de reacciones personales, la pena de muerte es un asunto de justicia —de dar a cada quien lo que merece, lo que hace subsistir a la noción de proporcionalidad.

Otra idea que se esgrime en contra de la pena de muerte es la de errores en la aplicación de justicia —un argumento de cierta fuerza y muy relevante en las situaciones de mala calidad de las instituciones políticas que imparten justicia.

La pena de muerte no es reversible y su aplicación podría justificarse en casos de crímenes extremos realizados con alta calidad de juicio y pruebas contundentes, certificados por varios jueces.

Y más aún…

Muchos otros argumentan diciendo que la pena de muerte es un atentado a lo más precioso que posee el ser humano y que nadie puede quitar la vida a otro —es cierto lo que se afirma así. Plantea el problema de si se tiene el derecho legal de quitarle la vida a otro, un problema serio.

Eso es más complejo de lo que aparenta —si debe respetarse la vida del asesino múltiple porque nadie tiene derecho a quitar la vida de nadie, debe contestarse también cómo es posible quitar la libertad de tantas personas que son condenadas a prisión y que es otro atentado a la vida humana.

La libertad es un derecho humano y sin embargo se retira de los condenados sin que nadie lo objete. Al contrario, se le considera lógico y aconsejable.

¿Por qué no quitar la vida también a criminales extremos? Después de todo es un problema de proporcionalidad, es decir, de justicia —y lleva a una situación paradójica: a los criminales extremos se les aplica consistentemente una justicia más compasiva que al resto de los criminales que no son casos extremos.

Existe otro argumento muy abusado —el que sostiene que la pena de muerte no tiene efectos preventivos en los demás, es decir, que no se reduce el número de asesinatos en los lugares conde ella se aplica. Tal afirmación es dudosa, pues existen evidencias que señalan lo opuesto.

Este argumento de efectividad es de naturaleza consecuencialista y justificaría acciones humanas solo por sus consecuencias positivas o negativas —no es erróneo usarlo, pero jamás debe perderse de vista que el centro de la discusión es el de proporcionalidad del castigo, es decir, uno de justicia.

Precisiones: justicia social y criminalidad

Quiero rescatar del archivo un recorte de periódico del 13 de agosto de 2008 —la columna titulada Pena de Muerte, del editorialista Catón (Grupo Reforma). En esos momentos, se hablaba de la pena capital como una posibilidad ante la escalada de la violencia en México. Dice el columnista:

«Otra vez se escuchan voces que piden la instauración en México de la pena de muerte. La violencia que los delincuentes han desatado contra la sociedad, la desmesura de algunos de sus crímenes… explican esa petición, que surge de una sociedad al mismo tiempo indignada y llena de temor».

Estas palabras explican bien el ánimo de muchos mexicanos ante continuos reportes de crímenes, especialmente secuestros. No tengo más que añadir al respecto.

Pero sí hay algo digno de mencionar en las siguientes opiniones del columnista. En primer lugar está su afirmación sobre la pena capital:

«…hay que decir que la pena de muerte no arreglaría nada, antes bien aumentaría el ambiente de violencia en que hoy vivimos. En ningún país del mundo la pena de muerte ha servido para frenar la criminalidad…»

Esto es falso. Sí hay evidencias de que la pena de muerte tiene éxito previniendo futuros crímenes graves. Yo le ofrezco las evidencias en un reporte y que no repito por brevedad, pero que están disponibles.

La afirmación del columnista es una repetición de una idea sin fundamento.

El otro lado

Lo que Catón añade a lo anterior como argumento de que no debe aplicarse en México la pena de muerte, en cambio, sí tiene fundamento —el sistema de aplicación de justicia en el país es tan malo que podrían cometerse faltas irreparables:

«Menos aún serviría en un país como México, donde la función judicial está sujeta a tantas eventualidades -entre otras las que derivan de la corrupción-, y donde el imperio de la ley es cosa relativa».

Tiene toda la razón —y aunque no lo señala abiertamente, esto da pie a una solución a la criminalidad en México, una que no se base en la dureza de las penas, sino en la certidumbre de ser capturado y procesado.

Pero a esa solución no se inclina el columnista, sino a otra y que es la siguiente:

«Pensemos más en la justicia social que en la penalidad. Mientras México no sea un país justo la violencia seguirá siendo amenaza continua para los ciudadanos».

La recomendación del columnista para disminuir la violencia es entonces muy clara —pertenece a una manera de pensar que toma a la pobreza como causa de la criminalidad.

En este caso, el columnista lo llama justicia social, expresión que interpreto como una situación de pobreza.

Justicia social o proporcionalidad

Para demostrar que tal hipótesis es correcta tendría que hacerse la siguiente serie de precisiones y faltar al principio de proporcionalidad entre crimen y castigo.

Ya que la criminalidad es un fenómeno de años recientes y no anteriores, tendría que aceptarse que en las décadas de los años 70 y anteriores, México era un país sin un problema de pobreza —y que ella ha aumentado desde esas fechas.

También, tendría que aceptarse que los delitos graves son cometidos por personas en situación de pobreza y no por personas con ingresos satisfactorios. Más aún tendría que verse un incremento de robos por hambre o similares, no de secuestros ni asaltos en serie cometidos por bandas organizadas con ese objetivo.

Se aceptaría que en general, las naciones más pobres serían las que más índices de criminalidad tendrían y viceversa —en los países más ricos el crimen sería en extremo bajo.

Tendría que ignorarse el narcotráfico, pues produce ingresos millonarios que no podrían ser explicados por pobreza.

Habría que negarse el efecto de los castigos penales para frenar el crimen —cualquier delincuente, de cualquier estrato social tendría una disculpa, la de una situación personal injusta y que le serviría de causa justificada para alterar el bienestar de terceros.

Tendría que relajarse mucho el código moral y legal, para dar cabida a una atenuante sustentada en el estado de la «justicia» que exista en el país —lo que sea que eso puede significar.

Al señalar lo anterior, todo lo que persigo es mostrar frases hechas, repetidas sin cansancio, que tienen muy escaso contenido —son opiniones que sin argumentos pasan por ser creídas y tomadas por ciertas, cuando en verdad tienen sustentos muy débiles.

Globo de ideas relacionadas

Examinar el tema de la proporcionalidad entre un crimen y su castigo conduce a ideas como el dilema de la pena de muerte y a la respuesta de ¿qué es la muerte?

Igualmente pone sobre la mesa el sentido de las penas y los castigos legales, así como la realidad de que la criminalidad afecta a la economía y, por tanto, al bien común.

También lleva a considerar la propuesta de criminales racionales y el proceso de decisiones de un criminal.

Concluyendo

Ha sido explicado el principio legal de proporcionalidad entre crimen y castigo, sustentado en la idea del ideal de la justicia de variar la severidad de las penas en concordancia con la gravedad del delito.


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[Actualización última: 2023-06]